Memo_Analitico__JRAS------CORREGIDO----
Para: Luis Fernando
Cuevas Díaz
De: José Rubén Alcaraz Silva
Asunto: recomendación para la mejor alternativa
de organización jurídica para su empresa.
Hola por
medio de la presente me dirijo a usted para proponerle una mejor alternativa de
organización para su empresa usted escogió como mejor alternativa una sociedad anónima,
pero aquí a lo largo del escrito se le indicara cual opción es mejor que la que
usted piensa esta es la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).
La reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles
permite crear una empresa por Internet, en un díaPero ¿qué es una SAS? gobierno de la republica Es un nuevo tipo de Sociedad Mercantil para constituir
una micro o pequeña empresa vía Internet en un solo día y de forma gratuita.
Sólo necesitas tu firma electrónica (e.firma) y la Autorización de uso de
denominación o razón social. ( gobierno de la republica 2017)
La
Sociedad por Acciones Simplificada tiene las siguientes
características:
·
La responsabilidad de los accionistas queda limitada
hasta el monto de sus aportaciones
·
No deberán apartar utilidades para fondo de reserva
·
Deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo
que se tomarán como referencia sus ingresos anuales ($5,000,000 de pesos)
·
No están sujetas al requisito de escritura pública o
cualquier otra formalidad
·
Las modificaciones de los estatutos se realizarán a
través de fedatario público
·
En cualquier momento podrán transformarse en otro
régimen societario
·
Las controversias entre los accionistas, en principio,
deberán resolverse a través de mecanismos alternativos como mediación o
conciliación
·
Las utilidades se distribuirán en proporción a las
aportaciones
·
Se establecen obligaciones de transparencia que
cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales ( gobierno de la republica 2017)
También tiene “desventajas” SEGÚN LA REVISTA FORBES 2016 Deja de lado la orientación especializada del fedatario público, tanto notarios como corredores, lo que incrementará decisiones incorrectas y costos posteriores para quienes decidan emprender un negocio.
Y otra sería que, si
usted no cuenta con una e firma, no podría realizar la SAS instantemente, si no
que primero necesitaría hacerla.
Para obtenerla Según gobierno
de México Si eres persona física, acude a cualquier oficina del SAT y presentar:
Original o copia
certificada de una identificación oficial vigente.
Contar con CURP.
Original del
comprobante de domicilio fiscal. En el caso de asalariados, también se podrá
aceptar la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral
(antes Instituto Federal Electoral) para acreditar su domicilio (siempre y
cuando en ésta se señale el mismo).
Unidad de memoria
extraíble (USB) o CD.
Correo electrónico.
En caso de personas
morales, el representante legal debe contar con e.firma (activa) y presentar el poder general para actos de dominio
o de administración, así como el acta constitutiva en original o copia
certificada ante Notario Público
De Igual forma si
cuenta con alguna duda, estoy aquí para ayudarle en el proceso.
México está en el lugar 73 dentro del Doing Business 2016 del Banco Mundial en la categoría de apertura de empresas con mayor facilidad. En 2015 estaba en el lugar 63. De acuerdo con el reporte, las economías donde es más fácil realizar negocios son aquellas cuyos gobiernos cuentan con un sistema regulatorio “inteligente”, con reglas diseñadas para ser eficientes, accesibles a todo el que necesite recurrir a ellas, sobre todo las que son sencillas de aplicar y de bajo costo.
Según en la Ley General de Sociedades Mercantiles, en el capítulo 5, de la sociedad amónima, en el artículo 87, se refleja lo siguiente:
“Sociedad anónima es la que existe bajo una
denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al
pago de sus acciones”
Según Ehrhardt y Brigham 2014 dos desventajas que
tiene la Sociedad anónima son: A veces las utilidades están sujetas a tributación
doble: se gravan en el nivel corporativo y luego las que se pagan como dividendos
se vuelven a grabar como ingreso de los accionistas. Para crear una corporación
es necesario preparar una escritura de constitución, elaborar una serie de
estatutos y llenar los numerosos informes requeridos por el estado y la
federación, cosa mucho más compleja y lenta que fundar una empresa individual o
en nombre colectivo.
En conclusión, considero que la mejor
opción para ustedes es la es la Sociedad por
Acciones Simplificadas (SAS). Debido a que como ya lo mencioné el
trámite tiene con ningún costo y es el más rápido del país, además con el
dinero que se ahorrara con el notario puede disfrutarlo en alguna otra parte, o
de igual forma invertirlo, de ante mano agradezco su tiempo,
atención y me despido con un cordial saludo. Espero y lo tome en cuenta.
Ehrhardt, M.; Brigham, E. (2014). Finanzas corporativas. CENCAGE Learning.
Gobierno de México. (2017). ¿Qué es una Sociedad por Acciones Simplificada - SAS?. Marzo 23, 2017, de Gobierno de México Sitio web: http://www.gob.mx/tuempresa/articulos/que-es-una-sas
Gobierno de México. (2017). ¿Ya tienes tu e.firma? Marzo 23, 2017, de Gobierno de México Sitio web: https://www.gob.mx/tuempresa/articulos/ya-tienes-tu-e-firma
doingbusiness. (2017). Midiendo Regulaciones para Hacer Negocios. Marzo 23, 2017, de doingbusiness Sitio web: http://espanol.doingbusiness.org/data/exploreeconomies/mexico/
REVISTA FORBES. (2016). Crear empresas en un día: pros y contras. Marzo 23, 2017, de FORBES Sitio web: https://www.forbes.com.mx/crear-empresas-en-un-dia-pros-y-contras/#gs.ztxhafU
H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (2017). LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES . Marzo 23, 2017, de H. CONGRESO DE LA UNIÓN Sitio web: https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_mex_ley_soc_merc.pdf
Elaborado por José
Rubén Alcaraz Silva
ResponderBorrarEl trabajo omite citar las fuentes de donde salio la siguiente información:
La Sociedad por Acciones Simplificada tiene las siguientes características:
· La responsabilidad de los accionistas queda limitada hasta el monto de sus aportaciones
· No deberán apartar utilidades para fondo de reserva
· Deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo que se tomarán como referencia sus ingresos anuales ($5,000,000 de pesos)
· No están sujetas al requisito de escritura pública o cualquier otra formalidad
· Las modificaciones de los estatutos se realizarán a través de fedatario público
· En cualquier momento podrán transformarse en otro régimen societario
· Las controversias entre los accionistas, en principio, deberán resolverse a través de mecanismos alternativos como mediación o conciliación
· Las utilidades se distribuirán en proporción a las aportaciones
· Se establecen obligaciones de transparencia que cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales